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Iván Martínez López Abogado - Gabinete Jurídico

ABOGADO ESPECIALISTA EN DERECHO TRIBUTARIO
17 de Noviembre de 2015

NUEVAS OBLIGACIONES FISCALES DE ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO (CLUBES DEPORTIVOS, ASOCIACIONES, AGRUPACIONES FESTERAS, MUSICALES, ETC.)

A partir de enero de 2016 las entidades e instituciones sin ánimo de lucro, cualquier a que sea su forma jurídica y objeto social, tienen las siguientes obligaciones:

1.- ALTA EN LA AEAT
2.- CONTABILIDAD
3.- PRESENTACION DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Y PAGOS FRACCIONADOS
4.- PRESENTACION DE CUENTAS ANUALES EN EL REGISTRO MERCANTIL
5.- LIBRO DE IVA Y PRESENTACION DE DECLARACION TRIMESTRALES

Están obligadas al cumplir con las anteriores obligaciones las entidades sin ánimo de lucro (incluidas comparsas y agrupaciones festeras) que cumplan los siguientes requisitos:

1.- QUE LOS INGRESOS TOTALES SUPEREN LOS 75.000,00 EUROS ANUALES.
2.- QUE EL IMPORTE DE RENTAS NO EXENTAS SUPERE LOS 2.000,00 EUROS ANUALES.
3.- QUE DICHAS RENTAS NO EXENTAS NO HAYAN SIDO SOMETIDAS A RETENCION.

Las obligaciones y requisitos antedichos vienen recogidas en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, modificada por el Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero.

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